Medidas de Alivio Fiscal para PyMes

La Cámara Argentina de Protección contra Incendios – CEMERA a través de la información brindada por la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) pone a disposición de sus asociados los principales puntos sobre las medidas de alivio para pequeñas y medianas empresas anunciadas por el Gobierno nacional con el objetivo de impulsar la actividad económica y favorecer la creación de empleo:

- Anticipo a las ganancias para reducir el impacto de la primera cuota, disponible para los ejercicios iniciados a partir de agosto de 2023. No obstante, estará disponible en el servicio “Sistema de Cuentas Tributarias” a partir de noviembre de 2023.Resolución General 5388/2023.

El nuevo procedimiento consiste en la aplicación de un único porcentaje 10% para las MiPyMEs del primer tramo y del 25% para las MiPyMEs del segundo tramosobre el resultado fiscal del ejercicio fiscal anterior.

La norma es aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas definidas en los términos del Art. 2° de la Ley 24.467 y sus modificaciones que, al inicio del ejercicio fiscal para el cual se aplicarán los anticipos, cuenten con el Certificado MiPyME” vigente y estén registradas ante la AFIP, bajo alguna de las siguientes caracterizaciones:

    272: microempresas según la Ley N.º 25.300 y sus modificaciones.
    274: Pequeña Empresa según la Ley N.º 25.300 y sus modificaciones.
    351: Mediana Empresa - Tramo 1 según la Ley N.º 25.300 y sus modificaciones.
    352: Mediana Empresa - Tramo 2 según la Ley N.º 25.300 y sus modificaciones.

Para el resto de los contribuyentes, las tasas para la determinación del primer anticipo serán del 25%, y para los nueve (9) anticipos restantes, del 8,33%.

- Exclusión de percepciones y retenciones de IVA - Resolución General 5390/2023las MiPyMEs pueden solicitar el certificado de exclusión, cumpliendo con ciertos requisitos:

    1) No poseer deudas impositivas ni de los recursos de la seguridad social líquidas y exigibles por los períodos no prescriptos.
    2) Estar encuadradas en la categoría "A" - Muy Bajo Riesgo - del "Sistema de Perfil de Riesgo" (SIPER).
    3) Contar con la caracterización 272 vigente en el Sistema Registral al momento de solicitar el certificado.

    - Beneficios en el pago de contribuciones patronales: Las microempresas podrán utilizar hasta el 30% del importe pagado en concepto de Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta, cubriendo hasta el 15% de las contribuciones patronales. Esta medida estará vigente del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2024.

- Ampliación del Programa de Financiamiento Potencia PyMEX: Aportes No Reembolsables (ANR) de hasta 60 millones de pesos para impulsar proyectos de inversión que fomenten la producción argentina a nivel internacional.

- Creación de una línea de financiamiento para el desarrollo de empresas argentinas en la Economía del Conocimiento, en colaboración con el Banco Argentino de Desarrollo (BICE) y el Fondo de Garantías Argentino (FOGAR),ofrece una garantía del 100% para micro y pequeñas empresas, y del 70% para medianas empresas. Los solicitantes podrán acceder a una bonificación del 25%en la tasa de interés nominal y podrán obtener créditos de hasta $50 millones a 24 meses, con 6 meses de gracia. Estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023 o hasta que se complete la ejecución del cupo de crédito sujeto a bonificación, lo que ocurra primero.

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  25 de Julio de 2023

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